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Viernes
03 de Septiembre

Sala IV ordena carril exclusivo para vehículos de emergencias

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18 dic | karlaespinoza. En carretera Próspero Fernández se destinará un carril exclusivo para vehículos encargados de atender emergencias

La Sala Constitucional por unanimidad de sus integrantes, ordenó al Consejo Nacional de Concesiones disponer y coordinar lo necesario para que, de inmediato, se destine un carril exclusivo señalizado en las estaciones de peaje de la carretera San José-Caldera para los vehículos del Cuerpo de Bomberos, la Cruz Roja Costarricense y la Policía, así como que se les dispense de todo cobro en dichas estaciones.

La orden incluye, además, la exoneración de todo cobro en dichas estaciones para los vehículos de emergencia indicados en el artículo 42 del Reglamento de Operación y Servicio de la Concesión.

Recursos presentados

El Tribunal Constitucional resolvió tres recursos relacionados con este tema. El primero lo presentó el Director General del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, Héctor Ulises Chaves León quien manifestó que el pasado 13 de julio un conductor de una unidad de bomberos que estaba encargado de atender una emergencia en San Antonio de Escazú fue obligado a hacer fila en uno de los carriles de recaudación del peaje. Todo esto se puso en conocimiento al secretario técnico del Consejo Nacional de Concesiones y se le indicó que la empresa concesionaria debía disponer en cada estación de peaje de al menos un carril para el paso exclusivo de vehículos de emergencia, sin embargo no se obtuvo respuesta alguna.

El segundo recurso fue presentado por Yashín Castrillo Fernández quien denunció la supuesta omisión del MOPT en obligar legalmente a la empresa recurrida a mantener las 24 horas del día, un carril exclusivo para vehículos que atendieran emergencias, tales como ambulancias, bomberos y policía.

El tercer recurso fue declarado sin lugar, sin embargo según la redacción de la parte dispositiva de la sentencia, tanto el Consejo Nacional de Concesiones como la empresa recurrida deberán tomar nota de lo expuesto en el considerando VI de esa sentencia.

La protección a la salud y a la vida fueron los derechos que prevalecieron en la decisión de los y la magistrada.

Los recursos fueron resueltos por sentencias 2009-19105 de las 11:03 horas, 2009-19106 de las 11:04 horas y 2009-19114 de las 11:12 horas, todas del 18 de diciembre de 2009.

 

 

KAE / El Pregón.org

 

 

 


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Ultima actualización ( Viernes 18 de Diciembre de 2009 15:24 )