Solicitar el reconocimiento de sus derechos y que se tomara en consideración su problema de ingesta de alcohol, fue el motivo que llevó a un hombre a presentar un recurso de amparo ante el despido del que fue objeto en un centro hospitalario estatal.
La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso de amparo y ordenó a las autoridades hospitalarias anular la resolución de despido en perjuicio del amparado.
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Se declara con lugar el recurso. Se anulan las resoluciones Nos. DGHG-1406-09 de las 13:00 horas de 20 de julio de 2009 y 1511-09 de las 13:00 horas de 5 de agosto de 2009, ambas de la Dirección General del Hospital de Golfito. Se le ordena a Manuel RodrÃguez Araya, en su condición de Director Médico del Hospital de Golfito, o a quien lo sustituya, reinstalar al recurrente en su puesto. Lo anterior, bajo la advertencia que, de conformidad con lo dispuesto en el artÃculo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta dÃas multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado, señaló la sentencia 2010-1664.
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El amparo lo presentó un hombre de apellido Bonilla contra el Hospital de Golfito. Alegó que inició labores en el centro hospitalario en abril del 2009, sin embargo varios dÃas después comenzó a tomar bebidas alcohólicas, lo que le impidió realizar sus labores en el hospital y ausentarse del trabajo involuntariamente.
Argumentó que su patrono conocÃa de su problema y no se le brindó ninguna colaboración.
Su preocupación se generó porque personeros del centro médico llegaron a su lugar de habitación con el fin de que firmara una boleta de vacaciones, a lo que se negó por estar en estado etÃlico.
Ante su condición, fue trasladado al Instituto de Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA), donde finalmente lo remitieron a un hogar de restauración y permaneció durante dos semanas.
Señaló que una vez cumplió con su rehabilitación fÃsica y psicológica, asà como cumplida su incapacidad se apersonó al hospital para dar las justificaciones del caso, sin embargo indicó que lo que recibió fue una carta donde se aplicaba su renuncia implÃcita.
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KAE / El Pregón.org
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escrito por Deyner Salazar Calvo, February 12, 2010
escrito por Oscar, February 12, 2010
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11 febrero | karlaespinoza. Amparado se ausentó dos semanas de trabajo, tiempo que duró su recuperación en hogar de rehabilitación Solicitar el reconocimiento de sus derechos y que se tomara...









Desde hace años, se reconoce mundialmente al alcoholismo como una enfermedad. Y Costa Rica no es excepción. Hemos visto una buena cantidad de campañas, con apoyo estatal, anunciando esto. Hasta tenemos al IAFA.
Y, sin embargo, en la práctica, ¿por qué damos tratamiento en la CCSS a una gripa, a una apendicitis, acné, caries, enfisema (derivado de otro vicio: el fumar), pero no hacemos mayor cosa con el alcoholismo que de paso es una enfermedad social que los gobiernos apoyan tácitamente, al permitir la venta indiscriminada de guaro, cobrando patentes, e inclusive produciendo alcohol "para consumo humano" en una empresa estatal?
Esto es de lo más extraño, y en el caso que nos ocupa, es todavÃa más extraño, máxime proviniendo el despido de una institución médica estatal. Ni siquiera se puede pensar en una doble moral.
Esto es, simplemente, amoral.
¿Será que el juramento de Hipócrates es mal comprendido por algunas personas, y es más bien un juramento de hipócritas?