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El Pregón.org

Miércoles
08 de Febrero

Prohibidas pruebas de VIH en reclutamiento

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22 febrero | karla espinoza. Se condenó a la CCSS al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirvieron de fundamento a la declaratoria

 

Entre los requisitos para optar por un puesto en un centro de rehabilitación estatal, está la realización de un examen de VIH/SIDA, Sin embargo este requisito llevó a una persona a presentar un recurso de amparo ante la Sala Constitucional.

El Alto Tribunal Constitucional declaró con lugar el recurso y ordenó a las autoridades de la entidad no realizar el respectivo examen.

Sentencia

Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Vinicio Mesén Madrigal, en su condición de Director General del Centro Nacional de Rehabilitación (CENARE) o a quien en su lugar ejerza el cargo, no hacer pruebas de HIV para detección del Sida a los aspirantes a puestos laborales de esa Institución, aunque sean voluntarias", puntualizó la resolución 2010-1874.

 

El amparo lo presentó un hombre quien el 14 de abril del 2009 inició sus labores en el centro de rehabilitación recurrido como asistente de pacientes en Neurología.

El recurrente alegó que para optar por un puesto se le entregaron los documentos respectivos para que se realizara exámenes de rayos x de la columna vertebral, hepatitis, heces, orina, VIH/SIDA y sífilis.

Ante su asombro por la solicitud del examen de VIH, se dirigió a una de las doctoras y le indicó que este requerimiento iba en contra de la ley, además que le indicó que él era portador de la enfermedad y ante esta situación se le indicó que no trabajaría en el centro, pues era la encargada de dar los vistos buenos para la selección y que no señalaría que es apto para el puesto por ser una persona enferma.

Según señalo el amparado en el recurso, la profesional le indicó que no debía seguir en el proceso de reclutamiento, pues los exámenes serían un gasto innecesario, pues los resultados ya se conocían.

De acuerdo con el afectado, se le hizo saber que una persona con SIDA es un peligro para los pacientes que son atendidos en el Centro de Salud.

La Sala Constitucional, además de ordenar que no se realicen más este tipo de exámenes, también advirtió a las autoridades recurridas que de no cumplir con lo que dispuso en la resolución constitucional se exponen a una sanción de tres meses a dos años o al pago de veinte a sesenta días multa, por el delito de desobediencia que establece el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

Además se condenó a la Caja Costarricense del Seguro Social al pago de las costas, daños y perjuicios causado.

 

KAE / El Pregón.org

 

Comentarios (3)Add Comment
Examen VHI.
escrito por JFélix Montero, February 23, 2010
Me parece una barbaridad, hilar demasiado delgado. No es el primer caso en que una persona se entera de que es portadora de una enfermedad gracias a un requisito obligatoriao como este. Es muy posible que por su desconocimiento haya infectado a otras personas.
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Es un Derecho
escrito por Deyner Salazar Calvo, February 23, 2010
Es derecho del patrono exigir los requisitos que sean convenientes a la hora de contratar a un empleado, ese cuento de que se le debe contratar a pesar de todo es una pura calamidad. Llevaría usted a sus hijos a un lugar donde alguien los atienda siendo portador de una enfermedad contagiosa? Si bien es cierto el sida no se contagia por la vía aérea muchas otras enfermedades lo hacen, entonces simplemente se abre un portillo para que cualquiera pueda optar por un trabajo a pesar de no ser apto para ello, recordemos el caso del dizque alcohólico que se fue de fiesta recién contratado y ahora resulta que no se le puede despedir, pero si alguien trabajador normal hace lo mismo pues lo echan a la calle sin responsabilidad patronal. Es derecho del empleador usar los filtros necesarios para asegurar que su patrimonio esté bien seguro, lo demás es pura demagogia.
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Rasgarnos las vestiduras
escrito por José Rodriguez, February 25, 2010
Como dice el dicho no hay que ser mas papistas que el papa, por Dios, esta persona esta optando por un puesto de trabajo que involucra la atención de pacientes, debiera ser mas responsable y darse cuenta que el trabajo que va a realizar es muy delicado, no es cuestión de violar los derechos de las personas portadoras de VIH, pero quien vela por los derechos de los pacientes? Perfectamente esta persona puede optar por otro tipo de trabajo y en dado caso creo que el empleador tiene todo el derecho a saber si la persona es portadora de VIH o no, para saber que medidas preventivas se deben tomar. Algo muy diferente es negarle el trabajo por esta circunstancia.
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Ultima actualización ( Lunes 22 de Febrero de 2010 12:02 )