
Una sentencia del Tribunal Constitucional anuló los acuerdos establecidos en la asamblea general ordinaria de trabajadores de Japdeva de los días 8,15 y 29 de enero del año en curso.
El recurrente alega que mediante la resolución número 38-DOS-2010 del diecinueve de febrero de dos mil diez el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social inscribió y registró los acuerdos adoptados la Asamblea General Ordinaria realizada por un grupo de afiliados del SINTRAJAP el ocho, quince y veintinueve de enero de dos mil diez, en la cual se acordó la destitución de la Junta Directiva vigente en ese momento, y la elección de una nueva, lo cual va en detrimento de las garantías del debido proceso, la libertad sindical y el principio democrático.
Resolución Constitucional
Se ANULAN los acuerdos adoptados en la asamblea general ordinaria realizada, por el SINTRAJAP, el ocho, quince y veintinueve de enero de dos mil diez, así como la designación de la nueva Junta Directiva, así como la resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Departamento de Organizaciones Sociales No. 38-DOS-2010 de las quince horas del diecinueve de febrero de 2010. Se ordena reinstalar a la Junta Directiva anterior. Se condena al Secretario General del Sindicato de Trabajadores de JAPDEVA (SINTRAJAP) a pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de la vía civil.
Noticia fue bien recibida
Para varias organizaciones, la resolución de la Sala IV fue una respuesta a la larga lucha que han tenido los sindicatos en el país, por ello expresaron su satisfacción.
Las organizaciones que representamos, Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), así como la Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP), celebramos, jubilosamente, el histórico fallo de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que restituyó en sus puestos a la legítima junta directiva del sindicato de Japdeva, Sintrajap, encabezada por el Lic. Rolando Blear Blear..
Este fallo, que ha emitido el más alto tribunal de la República, la Sala IV, pone en la picota al señor Marco Vargas Díaz, Ministro de la Presidencia, así como a su colega de Obras Públicas y Transportes, Francisco Jiménez Reyes. Ambos, atendiendo instrucciones de los señores Oscar y Rodrigo Arias Sánchez; urdieron la maniobra política en contra de la dirección legítima de Sintrajap, que constituyó un verdadero Golpe de Estado sindical.
Ambos deben renunciar a sus cargos. Ya no solamente porque quedó en evidencia la brutal ilegalidad de tal acto antisindical, sino porque empiezan ahora a ser visibles los entretelones del turbio proceso de concesión que se quiere imponer para la privatización de los muelles de Limón y de Moín. De ello que hasta en la misma Asamblea Legislativa se decidió la conformación de una comisión investigadora al respecto, incluso con el apoyo, obligado por las circunstancias, de la fracción parlamentaria oficialista.
La reinstalación constitucional en sus puestos de la legítima directiva de Sintrajap tiene efectos cuya envergadura apenas empezamos a procesar.
La renegociación de la actual Convención Colectiva de Trabajo, efectuada con la dirección sindical golpista, queda sin ninguna validez, por su misma naturaleza espuria.
Esto quiere decir que se cae, totalmente, la "oferta" de compra de conciencias de la población trabajadora de Japdeva, que hemos llamado como la mordida más grande de la historia republicana nacional, el soborno, de los 137 millones de dólares, 80 mil millones de colones, algo totalmente imposible de aceptar bajo ninguna circunstancia.
Lastimosamente, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) queda en entredicho. Es de lamentar esta realidad, especialmente para organizaciones como las que representamos, que creemos en la relevancia de su papel en una sociedad con marcado crecimiento de la desigualdad.
Primero porque contra toda lógica, contra todo principio, contra toda la normativa internacional en materia de Libertad Sindical que, por su misma naturaleza ese ministerio maneja con toda propiedad, procedieron a inscribir a la dirección sindical golpista, dándole legitimidad a un proceso completamente espurio desde su propia gestación.
Aquí es dable esperar, al menos, una autocrítica del jerarca del Departamento de Organizaciones Sociales, Lic. José Joaquín Orozco Salazar, pues nadie mejor documentado que él para saber del ilegal, arbitrario y totalitario proceso de destitución de la hora reconocida constitucionalmente, como la dirección legítima del sindicato Sintrajap. Este funcionario actuó como un verdadero sicario político en la maniobra anti-Sintrajap.
Otros dos notables funcionarios de carrera en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), los licenciados Eugenio Solano Calderón y Alfonso Solórzano Rojas, deben explicaciones públicas al respecto y, al menos, hacerse una autocrítica de cara al Movimiento Sindical Costarricense. Nadie mejor que ellos dos, por su ya larga trayectoria institucional sabían, desde un principio, la naturaleza aberrante del golpismo sindical en contra de Sintrajap.
Igualmente y ya en el ámbito penal, también el Exministro de Trabajo y Seguridad Social, Lic. Álvaro González Alfaro, debe rendir cuentas de su ilegal proceder porque él permitió la intromisión política de la Casa Presidencial que generó la aberración jurídica que hoy la Sala IV dejó en evidencia.
Esperamos que, en este nuevo marco de condiciones, se agilice el proceso de tramitación de la acusación penal que presentamos en la Fiscalía Adjunta del II Circuito Judicial de San José, en torno al ofrecimiento del soborno de los 80 mil millones de colones; acusación contra los señores Oscar Arias Sánchez, Rodrigo Arias Sánchez, Álvaro González Alfaro, Marco Antonio Vargas Díaz y Francisco Jiménez Reyes.
En tal caso nuestros planteamientos acusatorios están, básicamente, centrados en presuntas violaciones a la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito. El licenciado Giovanny Hernández Mora, dirigente de ASDEICE, elaboró, con gran rigurosidad jurídica, este demanda penal.
Felicitamos, con toda vehemencia, las aportaciones teórica-jurídicas que dieron base a este histórico fallo. En especial, las que estuvieron a cargo del hoy diputado don José María Villalta Florez-Estrada, quien como asesor del ahora legislador don José Merino del Río y actuando a nombre de este despacho, acudió al tribunal constitucional en defensa del Estado de Derecho.
Igualmente, nos sentimos orgullosos del aporte, en igual nivel, que desde la ANEP hicimos para esta causa, en la persona del Lic. Mauricio Castro Méndez, Coordinador de la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ), de la organización.
Es también gran motivo de satisfacción el papel que tanto la ANEP como la CSJMP jugamos en esta coyuntura, actuando más allá del nivel jurídico, en diversos escenarios sociopolíticos, resaltando la histórica toma pacífica del despacho de la cartera de Trabajo y Seguridad Social.
También es de honrar la voluntad inquebrantable de la legítima dirección sindical de Sintrajap, encabezada por el Lic. Rolando Blear Blear. Jamás se rindieron y demostraron que la defensa de principios en el Movimiento Sindical y a favor del bienestar popular, sigue siendo una causa absoluta e imprescindiblemente válida, según el boletín informativo de la ANEP
Karla Espinoza

escrito por Pablo Zúñiga, August 26, 2010
escrito por Edwin Fernández Gamboa, August 26, 2010
escrito por Alejandro LB, August 26, 2010
Se decide conforme a la ley, nos guste o no. Que la interpretación de aquella sea correcta o no o que esté infiluenciada por intereses o ideologías muy personales, es otro tema. Pero hablar de conspiraciones es una exageración.
En este caso me parece que fue correcto el fallo, aunque Blear no sea santo de mi devoción. Ahora el gobierno tiene que hacer las cosas ordenada y legalmente. Y si la mayoría de los trabajadores quiere sacar a Blear de su puesto y apoyar la concesión, que se haga en una asamblea con todas las de la ley. Hasta ahora creo que no hemos sabido la verdadera posición de un 51% del total de todos los empleados de Japdeva, excepto en cuanto al rechazo de una posible privatización total de los puertos de Limón.
escrito por Juan Félix, August 28, 2010
escrito por José Sánchez F, August 28, 2010
escrito por joaquin , August 30, 2010
Para crear un enlace hacia este artículo,
copie y pegue el texto abajo en su sitio web.
Vista previa:
26 agosto | karla espinoza. Sala IV ordenó restituir a la Junta sindical de Japdeva, encabezada por Ronaldo Blear Una sentencia del Tribunal Constitucional anuló los acuerdos establecidos...








