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Aumentan de 0.5 a 0.75 gramos de alcohol a conductores

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08 marzo | karla espinoza. Aumentar los grados de alcohol permitidos en la sangre pone en riesgo la vida en las carretera, afirman  diputados del PAC

Los legisladores fijaron en 0,75 gramos por cada litro de alcohol en la sangre el máximo de concentración permitida antes de que se considere como conducción temeraria en categoría "A", lo que significa cárcel e inhabilitación para manejar de la persona involucrada.

Así lo decidieron los legisladores al aprobar con 32 votos a favor y 20 en contra, la moción 215 presentada por la legisladora liberacionista Hilda González, al expediente 17 485 que contiene las reformas a varios artículos de la Ley de Tránsito.

La conducción temeraria en categoría "B" se califica cuando la concentración de alcohol en la sangre sea igual o superior a 0.50 gramos por cada libro de sangre.

La moción aprobada también introduce una serie de cambios en cuanto a lo que se considera conducción temeraria, como lo es manejar un vehículo a una velocidad superior a los 150 kilómetros por hora, la participación en piques o bajo el efecto de drogas.

En los casos de los piques en las vías públicas y la alta velocidad las penas de prisión van de uno a tres años y la inhabilitación para conducir vehículos de todo tipo, de uno a cinco años.

Si además de estas conductas temerarias se presenta la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, psicotrópicas u otras sustancias que produzcan estados de alteración y efectos enervantes o depresivos la pena de prisión podrá aumentar hasta los seis años y la inhabilitación para conducir hasta por 10 años.

Una pena de prisión hasta por tres años y una inhabilitación hasta por cinco años se impondrá a quienes reincidan en estas conductas en un lapso de cinco años.

Sólo cuando la pena de prisión sea inferior a los tres años podrá ser sustituida por una media alternativa de prestación de servicio de utilidad pública hasta por 900 horas, las cuales si no se cumplen lo llevará de inmediato a cumplir la pena, mientras que el vehículo que involucrado en el delito se utilizará para resarcir las consecuencias económicas causadas.

Manifestaciones

La decisión de fijar en 0.75 la cantidad de alcohol permitido en la sangre de los conductores produjo fuertes reacciones entre los congresistas con posiciones encontradas de quienes están a favor o en contra.

 

 

No quisiera que una vez que estemos fuera nos vayan a echar la culpa de que fuimos alcahuetes, permisivos o irresponsables… tengamos mucho cuidado con lo que estamos haciendo porque cuidado y si a partir de aquí los crímenes en la carretera van a ser responsabilidad de aquellas personas que aprueben esta moción. manifestó el jefe de la fracción del partido Movimiento Libertario, Carlos Gutiérrez.

 

Por su parte la legisladora independiente Andrea Morales, afirmó que se equivocan quienes están tomando como base que con tres tragos de vino, de cerveza o de alcohol (esta cantidad reporta el 0.75 por gramo en sangre) se está totalmente inconsciente.

 

Están partiendo de una premisa que no se sostiene ni científica ni estadísticamente pues los datos del COSEVI, de los últimos años, lo que muestran es que entre 0.5 y 0.75 no se comenten accidentes de tránsito, pues la gran mayoría de personas que toman esa cantidad están como si estuvieran sobrias, por resistencia, porque han comido, etc., sostuvo Morales.

 

Contradicciones a Morales

 

No es cierto que un conductor con tres o cuatro tragos puede tener el control de todas sus acciones, afirmó la diputada de Acción Ciudadana Grettel Ortiz quien agregó que a nivel mundial los gramos por cada litro de alcohol en sangre se han fijado en 0,5.La fracción de Acción Ciudadana lamenta que el Partido Liberación Nacional (PLN) impusiera su criterio al aumentar el porcentaje de alcohol permitido en la sangre para conducir de 0.5 a 0.75 . Además de haber retrasado deliberadamente el trámite del proyecto en el Plenario Legislativo
.

Para la subjefa de fracción, Grettel Ortíz Álvarez la decisión continúa poniendo en riesgo las vidas de los costarricenses al permitirles consumir más alcohol. El PLN favoreció, de esta manera, que sigamos viviendo accidentes y muertes violentas en las carreteras. "La finalidad principal de la ley actual era ser más rigurosa con los conductores que tuvieran problemas con la ingesta de alcohol, aseguró.

Además; para Ortíz no hay una proporción jurídica entre la sanción por exceso de velocidad y el alcohol. En el artículo 107 se habla de que hay dos conductas, Temeraria A y Temeraria B. En la Temeraria A el exceso de velocidad bajo la influencia de bebidas alcohólicas o drogas es de 0.75 gramos sumado a velocidad temeraria de 120 km por hora. Y en la sección B del mismo artículo acrecentaron la rigurosidad de la Temeraria b,debido a que la persona que circule con 20 km de exceso de velocidad o 25 km en lugares restringidos le agregaron también la ingesta de bebidas alcohólicas con 0.5.

El diputado  Orlando Hernández Murillo fue enfático en señalar que con esta decisión se desatendieron los criterios de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Esta organización internacional recomienda al consumo máximo de alcohol de 0.50 gramos por litro de sangre (gr/l). De 0.50 a 0.75, la persona experimenta cambios: se alteran los reflejos, se deterioran los movimientos oculares, se sufre perturbación motriz y se experimenta euforia. Por ello, casi la totalidad de países en el mundo han adoptado los estándares de la OMS y establecieron el 0.5 como máximo permitido en su legislación , concluyó.

Otras medidas

35 mociones entre retiradas y tramitadas, fueron conocidas en esta sesión donde también se tomaron otras medidas relevantes en materia vial.

Se eliminó la obligación a los vehículos de carga liviana de pasar por las estaciones de pesaje, se fijó en un plazo no mayor de 20 años de haber salido al mercado para los vehículos que se utilicen como taxis, así como la reducción de la multa que se aplicará a quienes lleven a un menor de edad en su carro sin el respectivo cinturón de seguridad.

 

KAE / El Pregón.org

 

 

 

 


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Ultima actualización ( Miércoles 01 de Junio de 2011 03:28 )  
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